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Guía básica, para elegir entre Persona Física o Moral en el sector construcción, primera parte.

Guía básica, para elegir entre Persona Física o Moral en el sector construcción, primera parte.

Guía básica, para elegir entre Persona Física o Moral en el sector construcción, primera parte.

Comenzar una nueva aventura en el mundo empresarial o del emprendedurismo, no es tarea fácil y menos cuando no tenemos las herramientas necesarias, ni los conocimientos, ni los recursos adecuados para que esto funcione, y no me refiero a tu área de expertise, sino a aquellas habilidades blandas que se requieren para emprender, y esto es completamente normal, al inicio un gran porcentaje comienza por ser todólogo. Siendo así, que aquí te brindaremos los conocimientos básicos legales, esperando que sea menos complicado que te adentres en este fascinante mundo y en adelante comiences a pulir aquellas áreas que si bien no te harán un experto, sí te ayudarán a tener los conocimientos mínimos indispensables para que no te quieran sorprender y te evites muchos dolores de cabeza en un futuro.

Comenzaremos por saber qué opción es mejor: ¿Persona Física o Moral?, En primer lugar, es importante que tengas claro qué es una persona física y qué es una persona moral, así como sus diferencias y características primordiales:

La Persona Física, se puede definir como un individuo (ser humano) que, en virtud de su existencia y capacidad para llevar a cabo acciones, actividades económicas, legales y ejercer derechos, algunas de estas actividades y derechos son el derecho a un nombre, a votar, casarse, trabajar, comprar o vender bienes, firmar contratos, entre otros.

La Persona Moral, se puede definir como una entidad creada por dos o un grupo de personas físicas (asociación o sociedad) con el fin de llevar a cabo actividades económicas, sociales, culturales o de otro tipo, estas personas morales se les llama empresas, asociaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, entre otras.

Algunas diferencias entre persona física y persona moral:

La principal diferencia de acuerdo a su naturaleza es que la persona física es un ser humano con derechos y obligaciones, mientras que la persona moral es una entidad creada por personas físicas y reconocida por la ley;

Y la diferencia en cuanto a su capacidad legal es que la persona física tiene capacidad legal desde su nacimiento hasta su muerte, y esta capacidad legal la ejerce por sí misma, aunque en algunos casos como en el de los menores de edad, o personas discapacitadas mentalmente, se necesita un tutor quien podrá actuar en nombre de los menores e incapaces. En cuanto a la persona moral, la capacidad legal nunca la puede ejercer por sí misma, pues es una abstracción plasmada en un papel, es decir, es la idea de una sociedad y cómo funciona, y necesariamente requiere ser manejada, administrada y representada en cuanto a su ejercicio legal y comercial por seres humanos (personas físicas).

Entendido lo anterior, entonces podemos ver que en todo negocio en general, la decisión entre trabajar como persona física o moral depende de varios factores. Pero específicamente en el área de la construcción, estos son algunos puntos que debes tomar en consideración:

1.- Si te registras Persona Física (Trabajador Independiente o autoempleado):

Ventajas

• Sencillez:

Es más fácil establecer tu negocio como persona física, no tiene tantas responsabilidades fiscales, y se pueden deducir de impuestos muchos más conceptos que con las personas morales, por ejemplo: colegiaturas, tu ropa, etc.

• Trámites menos complicados y menos responsabilidades:

Los requisitos administrativos ante cualquier autoridad, son menores.

• Control Comercial y Financiero total:

Por el contrario en la persona moral no puedes disponer de tus recursos, si no es forzosamente mediante gastos 100% deducibles.

• Impuestos:

Es este punto existen actualmente muchos beneficios para personas físicas en cuanto a conceptos deducibles, e incluso hay esquemas fiscales que te permiten deducir 100%.

Desventajas

• Responsabilidad frente a terceros con tus bienes y dinero propio:

Eres personalmente responsable con tus bienes y tu dinero de las deudas, así como en tus contratos, compromisos y obligaciones comerciales.

• Limitaciones de crecimiento:

Puede ser más difícil atraer inversionistas o expandir el negocio.

Persona Moral; (Empresa):

VENTAJAS:

• Limitación de responsabilidad: La empresa es una entidad legal separada, por lo que tu responsabilidad personal está limitada al monto de tus acciones o al monto de tu participación social.

• Beneficios fiscales: Existen algunos beneficios fiscales específicos para sociedades civiles, asociaciones civiles, sociedades manónimas y otras empresas.

• Crecimiento y expansión: Es más fácil atraer inversores y expandir el negocio.

DESVENTAJAS:

• Requisitos legales y administrativos: Establecer una empresa es mucho más costoso y los trámites son más.

• Manejo y administración del negocio más difícil: Esto es porque debes cumplir con regulaciones más específicas, así como actas de asamblea anuales para aprobar los estado financieros anuales, así como cualquier movimiento de la sociedad en la parte de los socios debes gastar en otra nueva acta de asamblea.

• Para las decisiones siempre tienes que tener la aprobación de los otros accionistas o socios.

En conclusión, si te inclinas por la sencillez y el control de tus finanzas y tu empresa, lo mejor es funcionar como persona física. Pero, si quieres oportunidades mayores de crecimiento para tu empresa, como financiamiento en mayor cantidad, así como la expansión con clientes más grandes, lo correcto es que constituyas una persona moral. En cualquier caso, es mejor que te asesores con un Abogado y un Contador especialistas en Derecho Corporativo y Fiscal antes de emprender y abrir tu empresa. En caso que estés al frente de un grupo o seas director de carrera y estés interesado en una plática al respecto, puedes contactarnos enviando un mensaje a contacto@dariusarquitek.com y con gusto te ayudaremos.

Francisco Manuel Madrid Plata
Lic. En Derecho,
C&O y Fundador de la Firma legal,
“Madrid & Asociados Abogados”

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