¿Necesitas el REPSE? Descúbrelo con nuestra guía detallada.
En la publicación anterior hablamos de la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. A veces puede ser confuso saber quiénes necesitan hacer este registro, así que vamos a desglosar un poco el tema.
En términos simples, si eres una persona física o moral que ofrece servicios especializados o realiza obras especializadas y usas tu propio equipo de trabajo para hacerlo, necesitas estar inscrito en el REPSE.
¿Qué significa poner a disposición trabajadores propios?
Esto ocurre cuando uno o más trabajadores realizan servicios especializados en un lugar que pertenece a otra empresa o está bajo su administración, y no en el lugar donde tienen su relación laboral directa. En este caso, el contratista debe estar registrado en el REPSE, y esta información debe reflejarse claramente en el contrato entre el contratante y el contratista.
¿Cómo se considera la puesta a disposición de personal?
Se considera que se está poniendo a disposición personal cuando los trabajadores de una empresa realizan sus tareas en las instalaciones de otra empresa, ya sea de manera permanente, indefinida o periódica. En estos casos, la empresa que cede a sus trabajadores debe estar registrada en el REPSE y debe demostrar que las labores que sus empleados realizan en las instalaciones de la otra empresa son especializadas, siempre y cuando estas tareas no correspondan al objeto social principal de la empresa receptora.
¿¿Cómo identificar si se está poniendo a disposición personal?
Se puede identificar la puesta a disposición de personal cuando labores realizadas en una empresa o centro de trabajo son llevadas a cabo por personas que no forman parte de su plantilla. Durante una inspección de trabajo, se debe verificar que los servicios prestados por estos trabajadores en las instalaciones del tercero sean realmente especializados y que no estén relacionados con el objeto social principal ni con la actividad económica predominante de la empresa receptora. Si se confirma la puesta a disposición de trabajadores, la empresa que cede al personal debe tener el registro en el REPSE. Es crucial asegurarse de que no haya simulaciones que puedan perjudicar a los trabajadores
¿Cómo afecta la legislación especial a la puesta a disposición de trabajadores?
Cuando se trata de contratos con empresas estatales que operan en áreas reguladas por normas especiales, como el sector energético, actividades estratégicas definidas por la Constitución, seguridad, o infraestructura como caminos y puentes, es esencial considerar estas normativas específicas. Estas disposiciones deben aplicarse según corresponda al caso particular para determinar si se está poniendo a disposición de trabajadores.
¿Qué se considera proporcionar o poner a disposición personal?
Las actividades en las que se proporciona o pone a disposición personal son aquellas en las que no se establece una relación laboral directa entre el personal del contratista y el contratante. En otras palabras, no debe haber subordinación entre los trabajadores y el contratante.
¿Qué deben hacer las
personas vinculadas a publicidad y marketing?
Las personas físicas o morales que se dediquen a la publicidad, marketing, o difusión de productos o marcas, deben obtener el REPSE. Además, deben proporcionar este registro a las marcas, tiendas o canales de venta físicos a quienes estén poniendo a disposición personal.
¿Qué pasa si promueves tu propia marca
Las personas físicas o morales que realicen actividades de promoción o publicidad para su propia marca y que envíen personal a trabajar en un centro diferente al suyo, también deben contar con el REPSE. Es importante que este personal no realice tareas que sean parte del objeto social o actividad principal del centro en el que estan trabajando.
¿Qué sucede con la prestación de servicios?
Si se presta un servicio y se pone a disposición trabajadores, sin importar cómo se haya establecido el contrato, es necesario tener el REPSE.
¿Qué pasa con la compra de bienes
Cuando se compran bienes, sin importar el tipo de contrato, y el contratista tiene que entregar estos bienes en el centro de trabajo, establecimiento o sucursal del contratante, no es necesario contar con el REPSE.
¿Cuándo no se necesita el REPSE
Si una persona física o moral no proporciona ni pone a disposición personal a otra, dentro de los criterios mencionados anteriormente, no es necesario contar con el REPSE.
Ahora bien, atendiendo a los puntos anteriores, si fuera el caso que necesitas contar con el REPSE, lo que deberás hacer para obtenerlo es lo siguiente:
Demostrar el carácter especializado que desees registrar.
Estar al corriente en tus obligaciones fiscales y de seguridad social ante el SAT, el IMSS y el INFONAVIT.
Una vez que cumplas con estos requisitos deberás ingresar a la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la dirección repse.stps.gob.mx
El ingreso lo harás con la e.firma (antes firma electrónica) asignada por el SAT a la persona moral o, en caso de tratarse de persona física, la e.firma personal, obviamente para ello debes tener a la mano tu Clave privada (.key), Certificado (.cer) y Contraseña de la clave privada, las cual tienes que tramitar con antelación en el SAT.
La parte medular para saber si se tiene o no la obligación de contar con el REPSE es la puesta a disposición de trabajadores propios a un tercero. Así que ya lo sabes, no te dejes sorprender. Si tienes dudas contáctanos a contacto@dariusarquitek.com.